Morelia, Michoacán.-Por una campaña sistemática de violencia política por el hecho de ser mujer en redes sociales y en un medio de comunicación, al utilizar estereotipos, roles de género que denostaron a la candidata de la Revolución Democrática (PRD), Azucena Ruiz Alanís, que influyeron en los resultados de la elección a la presidencia municipal de Irimbo, los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) aprobaron por unanimidad de votos anular la elección en este municipio.
Durante la sesión pública y virtual, que se llevó a cabo la tarde de este viernes, los magistrados del TEEM resolvieron como único punto los juicios de inconformidad presentados por el PRD contra los resultados emitidos en la elección de Irimbo, por considerar que su candidata a la alcaldía fue víctima de una serie de violaciones durante la campaña.
La ponencia fue presentada por la magistrada del TEEM, Alma Bahena Villalobos, quien en el proyecto señaló que, en el municipio de Irimbo la candidata denunciante del PRD fue víctima de una campaña sistemática, reiterada e inequitativa por las publicaciones de Facebook que configuraron violencia política por el hecho de ser mujer.
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Se dio cuenta de que durante la campaña, en redes sociales bajo el perfil de Facebook de un medio de comunicación llamado “La Voz de Irimbo”, se hicieron un sinnúmero de publicaciones con estereotipos de roles de género en los que se denostó reiteradamente a la candidata del PRD, al presentarla como una persona de subordinación con su nexo conyugal, asimismo, se le menospreció su capacidad para ejercer un cargo de elección popular, porque se le atribuyó su participación en las elecciones a través de su cónyuge.
De igual manera, a la candidata en dichas publicaciones se le cuestionó de manera despectiva su honorabilidad, su imagen frente a la ciudadanía y capacidad para ganar una elección, ya que en todo momento se hizo uso de fotografías alteradas en redes sociales para afectar su campaña.
La magistrada Bahena Villalobos al hacer uso de la voz en la sesión, informó que durante la investigación se advirtieron de al menos 13 publicaciones a través de la página Facebook “La Voz de Irimbo” con reacciones de mil 700 “me gusta” y con la cantidad de dos mil 100 seguidores.
“En el contenido de los mensajes y la edición de fotografías de la candidata, se tratan de exponer estereotipos de género, ridiculizar a la candidata y exponer una campaña de desprestigio para afectar su imagen pública, su honorabilidad y el respeto como mujer y candidata, atribuyendo el acceso a un presunto vínculo cercano con un hombre”, remarcó la magistrada.
La magistrada, indicó que durante el análisis de probabilidad, si existió un impacto cuantitativo en la elección en Irimbo, ya que hubo una diferencia entre el primer y segundo lugar de 113 votos, es decir con el contrincante, Fernando Palomino Andrade de los partidos PAN-PRI. Aunado a señalar que la campaña de violencia política en medios de comunicación, es una irregularidad grave e irreparable que vulneró el principio de equidad y género.
Mientras que la magistrada del TEEM, Yolanda Camacho Ochoa, consideró que este tipo de actos son “inaceptables” en el sentido de que todavía en pleno Siglo XXI las mujeres tengan que luchar contra la discriminación, la violencia y desigualdad de género en la política, en la ciencia, en los negocios y en el hogar, donde aún persisten los obstáculos.
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Consideró que la nulidad de la elección en Irimbo, es un mensaje claro para quienes ejercen aún la violencia política en razón de género, toda vez que nadie puede violentar la igualdad y la justicia, los cuales son los valores fundamentales de una democracia.