/ jueves 23 de agosto de 2018

Tribunal confirma multa al PRI por llamar secuestradora a Nestora Salgado

El TEPJF impuso una sanción por 443 mil 300 pesos por haber calumniado a la entonces candidata al Senado por la Coalición Juntos Haremos Historia

El Partido Revolucionario Institucional (PRI) tendrá que pagar una multa de 443 mil 300 pesos por haber calumniado a Nestora Salgado García, , al señalarla en sendos spots como secuestradora.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determino que esta multa se aplica porque se hicieron imputaciones directas que “implican negligencia inexcusable” y hubo “real malicia”, por lo que fue correcta la calificación de la conducta en que incurrió el tricolor con la difusión de los spots denominados Delincuente, en sus dos versiones.

El 12 y el 27 de julio pasado, la Sala Regional Especializada analizó los asuntos SRE-PSC-215/2018 y SRE-PSC-235/2018, respectivamente, presentados por Morena y por Nestora Salgado García y resolvieron que en ambos casos el PRI hizo un uso indebido de la pauta, por lo que determinó sancionar al partido político y sobreseyó la responsabilidad de José Antonio Meade, al argumentar que como candidato no es responsable de pautar spots o promocionales en los tiempos de radio y de televisión.

Dichas sentencias fueron recurridas por el tricolor ante la Sala Superior con dos recursos de revisión del procedimiento especial sancionador presentados el 16 de julio y el 2 de agosto.


El Partido Revolucionario Institucional (PRI) tendrá que pagar una multa de 443 mil 300 pesos por haber calumniado a Nestora Salgado García, , al señalarla en sendos spots como secuestradora.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determino que esta multa se aplica porque se hicieron imputaciones directas que “implican negligencia inexcusable” y hubo “real malicia”, por lo que fue correcta la calificación de la conducta en que incurrió el tricolor con la difusión de los spots denominados Delincuente, en sus dos versiones.

El 12 y el 27 de julio pasado, la Sala Regional Especializada analizó los asuntos SRE-PSC-215/2018 y SRE-PSC-235/2018, respectivamente, presentados por Morena y por Nestora Salgado García y resolvieron que en ambos casos el PRI hizo un uso indebido de la pauta, por lo que determinó sancionar al partido político y sobreseyó la responsabilidad de José Antonio Meade, al argumentar que como candidato no es responsable de pautar spots o promocionales en los tiempos de radio y de televisión.

Dichas sentencias fueron recurridas por el tricolor ante la Sala Superior con dos recursos de revisión del procedimiento especial sancionador presentados el 16 de julio y el 2 de agosto.


Local

Aranceles, todo lo que debes saber sobre la propuesta de Donald Trump

El aumento sería del 25% a partir del 20 de enero de 2025

Local

Solicitudes de atención por violencia de género no cesan: RedCoFem [Video]

La agrupación de colectivas feministas ha atendido solicitudes de violencia de género de otros estados por omisión de los mismos

Local

Norte y oriente de Morelia, las zonas más afectados por falta de agua

Más de 200 colonias sufren de algún tipo de desabasto, los pozos existentes no son suficientes para abastecer la zona

Local

Diputadas instalan Comité Organizador para Parlamento de Mujeres 2025

En marzo de 2025 se realizará el segundo Parlamento de Mujeres en Michoacán

Policiaca

FGE pide ayuda para identificar a hombre localizado sin vida en Cuitzeo

La víctima tiene tres tatuajes y aparenta más de 50 años; fue víctima de homicidio

Salud

Mitos y desinformación sobre el SIDA: ¿cómo se trasmite y cómo prevenirlo?

Aún en la actualidad, muchas personas ignoran lo que realmente es el SIDA y el cómo se contrae esta enfermedad