/ miércoles 24 de julio de 2024

TEEM multa a alcalde de Hidalgo por no entregar recurso directo a San Matías el Grande

Los magistrados indicaron que las multas no pueden ser cubiertas con el presupuesto asignado al Ayuntamiento

Morelia, Michoacán.-El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM), impuso una multa económica al alcalde de Hidalgo, José Luis Téllez Marín por la cantidad de ocho mil 299 pesos, a la Síndica y a cinco regidores por un monto total de más de diez mil pesos por inclumplir con entregar el recurso directo a la comunidad indígena de San Matías el Grande.

En sesión pública del Tribunal que se llevó a cabo este miércoles vía virtual, los magistrados consideraron que la entrega de los recursos del presupuesto directo que proporcionalmente le corresponden a la comunidad indígena de San Matías, perteneciente al municipio de Hidalgo, no escapan a la tutela del TEEM Tribunal Electoral, pues ello implica una vertiente del derecho de los pueblos y comunidades indígenas a elegir a sus autoridades, porque sin ello, no existiría una base fáctica para estimar que se garantiza su debido ejercicio.

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Señalaron que se estaba impidiendo así el incumplimiento a los principios de autodeterminación, autogobierno y autonomía previstos en la Constitución Federal, concluyendo entonces que esos actos son de naturaleza electoral.

También se indicó que en la celebración de una sesión de cabildo en la que el Ayuntamiento autorizar a la Secretaría de Finanzas del gobierno estatal la transferencia de los recursos que le corresponden a la Comunidad de San Matías, transcurrió del 19 al 25 de septiembre, sin que dentro de ese lapso se hubiera recibido comunicación alguna con el fin de acreditar la realización de los actos ordenados.

Ante el impedimento del alcalde de Hidalgo del Partido del Trabajo (PT), José Luis Téllez Marín y del incumplimiento de los actos ordenados en la sentencia y en la resolución incidental, se ordenó a los integrantes del Ayuntamiento de Hidalgo a que, en un plazo de cinco días hábiles, contados a partir de la notificación del presente fallo, sesionen y emitan el acuerdo de cabildo en el que autoricen a la Secretaría de Finanzas la transferencia de los recursos del presupuesto directo que proporcionalmente le corresponden a la comunidad de San Matías.

Pero también, los magistrados del TEEM, aplicó una sanción económica al edil de Hidalgo petista por un monto total de ocho mil 299 pesos, a la síndica Carolina Pérez Sánchez, se le impuso una multa de seis mil 244 pesos, mientras que a la regidora Martha Elva Solís Durán y a los regidores Luis Gildardo López Bernal, Carlos Patiño Peña, Héctor Trejo Patiño y Fidel Mañón Suárez, se les ordenó pagar una multa de cuatro mil 149 pesos.

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Los magistrados indicaron que las multas a los funcionarios municipales de Hidalgo son de forma personal e individual, al considerarse que el medio de apremio es para la persona física que desempeña el cargo respectivo, es decir que deberá cubrirse de manera personal y no con el presupuesto asignado al Ayuntamiento.

Morelia, Michoacán.-El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM), impuso una multa económica al alcalde de Hidalgo, José Luis Téllez Marín por la cantidad de ocho mil 299 pesos, a la Síndica y a cinco regidores por un monto total de más de diez mil pesos por inclumplir con entregar el recurso directo a la comunidad indígena de San Matías el Grande.

En sesión pública del Tribunal que se llevó a cabo este miércoles vía virtual, los magistrados consideraron que la entrega de los recursos del presupuesto directo que proporcionalmente le corresponden a la comunidad indígena de San Matías, perteneciente al municipio de Hidalgo, no escapan a la tutela del TEEM Tribunal Electoral, pues ello implica una vertiente del derecho de los pueblos y comunidades indígenas a elegir a sus autoridades, porque sin ello, no existiría una base fáctica para estimar que se garantiza su debido ejercicio.

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Señalaron que se estaba impidiendo así el incumplimiento a los principios de autodeterminación, autogobierno y autonomía previstos en la Constitución Federal, concluyendo entonces que esos actos son de naturaleza electoral.

También se indicó que en la celebración de una sesión de cabildo en la que el Ayuntamiento autorizar a la Secretaría de Finanzas del gobierno estatal la transferencia de los recursos que le corresponden a la Comunidad de San Matías, transcurrió del 19 al 25 de septiembre, sin que dentro de ese lapso se hubiera recibido comunicación alguna con el fin de acreditar la realización de los actos ordenados.

Ante el impedimento del alcalde de Hidalgo del Partido del Trabajo (PT), José Luis Téllez Marín y del incumplimiento de los actos ordenados en la sentencia y en la resolución incidental, se ordenó a los integrantes del Ayuntamiento de Hidalgo a que, en un plazo de cinco días hábiles, contados a partir de la notificación del presente fallo, sesionen y emitan el acuerdo de cabildo en el que autoricen a la Secretaría de Finanzas la transferencia de los recursos del presupuesto directo que proporcionalmente le corresponden a la comunidad de San Matías.

Pero también, los magistrados del TEEM, aplicó una sanción económica al edil de Hidalgo petista por un monto total de ocho mil 299 pesos, a la síndica Carolina Pérez Sánchez, se le impuso una multa de seis mil 244 pesos, mientras que a la regidora Martha Elva Solís Durán y a los regidores Luis Gildardo López Bernal, Carlos Patiño Peña, Héctor Trejo Patiño y Fidel Mañón Suárez, se les ordenó pagar una multa de cuatro mil 149 pesos.

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Los magistrados indicaron que las multas a los funcionarios municipales de Hidalgo son de forma personal e individual, al considerarse que el medio de apremio es para la persona física que desempeña el cargo respectivo, es decir que deberá cubrirse de manera personal y no con el presupuesto asignado al Ayuntamiento.

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