Morelia, Michoacán.- El pleno del del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) determinó amonestar públicamente a Alfonso Martínez Alcázar en su carácter de candidato en la pasada elección por no haber insertado el logotipo de los partidos que lo postularon en al menos seis publicaciones en redes sociales.
En sesión pública virtual, se resolvió en el juicio TEEM-PES-058/2024 en el cual los magistrados consideraron que Martínez Alcázar cometió una violación a la normativa electoral tras haberse acreditado que en un total de seis publicaciones realizadas en la red social de Facebook con propaganda electoral para promover su candidatura, omitió insertar el logotipo de los partidos que lo postularon como candidato , es decir del PAN y PRD.
Por lo anterior, los magistrados indicaron que el presidente municipal reelecto en Morelia sí infringió la normativa electoral, lo que derivó en una amonestación pública para Martínez Alcázar, así como a los partidos políticos del PAN y PRD por su responsabilidad por culpa in vigilando.
En la misma sesión, los magistrados desecharon el juicio de inconformidad presentado por el partido Morena contra Alfonso Martínez, en torno a que el actual presidente municipal cuando fue candidato utilizó promoción personalizada, propaganda gubernamental indebida, uso indebido de recursos públicos y violación al principio de equidad en la contienda.
Sin embargo en este caso, los magistrados consideraron que contrario a lo afirmado por el partido Morena, las publicaciones corresponderieron a propaganda electoral, no a propaganda gubernamental, de ahí que no se acreditó la promoción personalizada, ni la difusión de propaganda gubernamental indebida y, por lo tanto, tampoco existió la vulneración al principio de equidad en la contienda.