Morelia, Michoacán, (OEM-Infomex).- Esté Miércoles se llevó a cabo la firma de convenio que modifica el artículo 73 de Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad Michoacana (SUEUM).
La signa del convenio que modifica el esquema de jubilaciones y pensiones para los sindicalizados administrativos, se llevó a cabo en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA), en presencia de representantes de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH), encabezados por la secretaria administrativa Silvia Hermandes Capi, el tesorero Rodrigo Gómez Monge, el abogado de la UNSMH, Luis Fernando Rodriguez Vera, sin la presencia del rector Raúl Cárdenas Navarro.
Tras tres horas de reunión en el interior de la oficina de conciliación, también se llevó acabo la revisión contractual del 2020, por lo que fueron resueltos dos de los cuatro emplazamientos a huelga establecidos para el principios de Mayo.
En este sentido se obtuvo un incremento del 3.4 a salarios 0.9 a prestación, sin embargo, aún se mantienen dos emplazamientos a huelga uno por violaciones al CCT y otro más por adeudos.
Lo anterior luego que pasado jueves 18 de marzo el SUEUM determinará en sesión de bases signar dicho convenio, por lo que siete días después de su aprobación se signo el convenio.
La modificación de régimen de jubilación y pensiones, quedará de la siguiente manera:
- Para el personal jubilado y jubilables, no hay modificaciones.
- Para el personal con menos de 25 años de servicio la modificación hace ampliación en promedio de dos a tres meses más que tiene laborar para jubilarse.
- Para las personas de nuevo ingreso, para su jubilación deberán al menos tener 60 años de edad y 30 años de tiempo efectivo laborado, y serán proporcionales a la edad en que se jubilen, a los 60 años la pensión será del 85 por ciento, a los 61 años 88 por ciento, a los 62 años del 91 por ciento, a los 63 años del 94 por ciento, a los 64 años del 97 por ciento y finalmente a los 65 años del 100 por ciento.
- El incremento a la pensión se actualizará anualmente mediante el incremento del Índice Nacional de Precisos al consumidor (INPC), mismo que no podrá exceder 20 salarios mínimos.
- El trabajador recibirá jubilación por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), mientras que la UMSNH pagará la diferencia de lo que reciba para que se pague su pensión de retiro programado.
- Mientras que el fondo de aportaciones será constituido por cinco el cinco por ciento del salario tabular del trabajador, y se le agrega el mismo porcentaje de la aportador por la UMSNH, Gobierno del Estado y Gobierno Federal.