Sistema Estatal Anticorrupción rechaza publicar declaraciones patrimoniales

Los integrantes del SEA argumentan que se viola su derecho a la privacidad con la exposición de su patrimonio

Francisco Valenzuela | El Sol de Morelia

  · viernes 25 de marzo de 2022

Foto: Cortesía | SEA

Morelia, Michoacán (OEM-Infomex).- Aunque el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) recomendó que en Michoacán se hiciera pública mediante una interconexión la información patrimonial de servidores públicos, esta mañana los integrantes del Comité Coordinador y Órgano de Gobierno del Sistema Estatal Anticorrupción (SEA) desecharon la propuesta y por lo tanto no subirán dichos datos a la plataforma digital.

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Reunidos en la primera sesión ordinaria, el Comité concluyó de forma unánime que esa petición vulnera el derecho de los servidores públicos.

El primero en tomar la palabra fue el presidente del Tribunal de Justicia Administrativa, Jesús Sierra Arias, quien alertó que de subir esta base de datos a la plataforma nacional provocaría que cualquier persona tenga acceso, con lo que se violenta el artículo 70, fracción XII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Michoacán.

“Debemos entender que hay una voluntad que debe expresar cada servidor en cuanto a que quiera o no compartir la información de su patrimonio, y al menos en el área donde yo colaboro, hay muchos compañeros que no desean hacerlo”, justificó.

En su turno, la secretaria de la Contraloría del Estado de Michoacán (Secoem), Azucena Marín Correa, precisó que los funcionarios públicos están obligados a presentar su declaración patrimonial, pero subrayó que la misma no se debe vincular a una plataforma de libre consulta. “No podemos poner en riesgo la información de la cual somos concentradores”, dijo, para después votar en el mismo sentido que sus compañeros.

De igual forma, la presidenta del Instituto Michoacano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IMAIP), Areli Yamilet Navarrete Naranjo, manifestó que se debe garantizar la autodeterminación informativa, es decir, que una persona decida por sí sola en qué plataformas se suben sus datos personales. Aludió al principio de consentimiento, la manifestación libre e informada del titular de la información. “Cualquier posibilidad de vulneración a esta manifestación libre priva un derecho fundamental y no puede ser permitida”.

Con esas observaciones, la votación para negarse a la petición fue secundada por los representantes de la Fiscalía Especializada en materia de Delitos Relacionados con Hechos de Corrupción; la Secretaría Técnica Ejecutiva del SEA y el Supremo Tribunal de Justicia y del Consejo del Poder Judicial del Estado.