Morelia, Michoacán.-Una pena de seis meses a nueve años de prisión es la que se impondrá a la persona que desmonte o destruya la vegetación, haga cambio de uso de suelo ilegal o derriben árboles en Michoacán, es la propuesta de iniciativa que se presentó este jueves en el Congreso local.
La iniciativa de ley fue presentada ante el pleno del Legislativo en sesión ordinaria por el diputado morenista, Juan Carlos Barragán Vélez, quien propuso la reforma al artículo 302 con la adición al artículo 302 en el último párrafo del Código Penal para el Estado de Michoacán.
El legislador de Morena, indicó en la propuesta que la tala ilegal de árboles al ser un factor que impulsa el desarrollo del cambio climático, debe frenar desde la legislación local, ya que este tipo de acciones perjudican la salud pública de los ciudadanos, aunado a que la práctica ha ido en aumento junto con el crecimiento de la población dado que aumenta la demanda de los recursos físicos, los ecosistemas naturales son activos esenciales que deben ser restaurados, conservados y gestionados de manera sostenible.
Según información de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), entre los años 2000 y 2014, la producción forestal maderable presentó una clara tendencia a la baja, toda vez, que la producción disminuyó de 8.1 millones de metros cúbicos en el 2001 a 5.7 millones de metros cúbicos en 2014.
Esta tendencia se revirtió en 2015, de modo que la producción alcanzó nueve millones de metros cúbicos en 2017, sin embargo, cifras preliminares muestran que de nueva cuenta se redujo a 8.5 millones de metros cúbicos en 2018, de esa cifra, el 75 por ciento del volumen total proviene de Durango, Oaxaca, Veracruz, Michoacán y Chihuahua.
Por tanto, Barragán Vélez, propuso a la 75 Legislatura la iniciativa que señala la sanción de seis meses a nueve años de prisión y una multa de cien a tres mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización para la persona que desmonte o destruya la vegetación natural; corte, arranque, derribe, tale, seque o mate algún o algunos árboles, y cambie el uso del suelo forestal en Michoacán.
También, mencionó, que la pena de prisión deberá aumentarse hasta en seis años más y la pena económica hasta en dos mil veces más el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, para el caso en el que las conductas referidas en las fracciones I, II y III de este artículo, afecten alguna área de conservación del Sistema Estatal de Áreas para la Conservación del Patrimonio Natural y Patrimonio Ambiental.