Por falta de presupuesto, familiares de policías caídos quedan sin compensaciones

A 6 años de su creación la CEAV no ha realizado ninguna reparación del daño a víctimas de delito o por violaciones a los derechos humanos

Francisco Torres | El Sol de Morelia

  · lunes 3 de octubre de 2022

Foto: Adid Jiménez | El Sol de Morelia

Morelia, Michoacán (OEM-Infomex).- El Estado ha dejado en la indefensión a familiares de policías muertos en el estado de Michoacán entre el 2015 y el 2019, que no han podido acceder al beneficio para resarcir el daño, en parte porque no existen culpables que respondan por el delito y por el otro a que la Comisión Estatal de Atención a Víctimas (CEAV), se declara sin recursos para responder a las compensaciones de ley.

Hace más de ocho años, 11 familias de expolicías que perdieron la vida entre el 2015 y el 2019 en diferentes operativos contra el crimen organizado emprendieron acciones legales para demandar al Estado pero se han enfrentado a tácticas de dilación por parte de la CEAV, que argumenta que “no hay presupuesto para compensar”.

Existen al menos 11 carpetas de investigación de policías que perdieron la vida estando en operativo y entre ellos se cuenta a la de tres elementos que fueron emboscados en Aguililla en 2019.

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Otra carpeta integra el caso de un policía que murió en una emboscada en Coalcomán en el año 2017; una carpeta más refiere a cuatro policías muertos que en el municipio de La Piedad cuando volcaron su unidad sobre la carretera en el 2017 y una más que sigue el caso de la muerte de un uniformado que junto a sus compañeros fueron igualmente emboscados en una huerta de aguacate en las inmediaciones de Salvador Escalante en el 2018.

En el caso de los policías de Aguililla, recientemente se detuvo a un presunto responsable, pero en este caso la reclamación de la reparación del daño deberá esperar hasta que un juez emita una resolución de condena o resolución.

El común denominador de estos 11 casos es que en ninguno de ellos se ha realizado la reparación del daño para sus familias, ni han recibido una compensación subsidiaria, que por ley debería proceder cuando no se puede ejercer acción penal.

La Ley General de Atención a Víctimas en el estado establece en su artículo quinto que para hacer posible la reparación del daño, este debe otorgarse “con diligencia, de buena fe, con complementariedad, máxima protección, progresividad, no regresividad y no revictimización”.

Estos principios no se han podido cumplir hasta ahora en estos 11 casos según señala y reconoce el propio titular de la CEAV, Josué Mejía Pineda, por falta de presupuesto.

“Esta tarea está imposibilitada presupuestalmente para dar cumplimiento a todos los preceptos que establece la Ley (General y la Estatal de Atención a Víctimas), donde se nos obliga a garantizar la seguridad y el acceso a la justicia a todas las personas. Si no puede garantizarse la seguridad y la justicia, el Estado debe otorgar medidas de asistencia y ayuda, además de procurar la reparación del daño”, reconoce.

En entrevista, el funcionario señala que “no hay recursos suficientes, aunque esta administración lo ha aumentado diametralmente, pero falta fortalecer más la Comisión, porque si el Poder Judicial emite una sentencia donde nos obliguen a pagar una compensación subsidiaria, podríamos pagar muy pocas y eso no es lo ideal; debemos fortalecer a la par el presupuesto y la Ley desde la procuración de la justicia”, explicó Mejía Pineda.

Sin embargo, la asesora victimal de este grupo de familiares de policías michoacanos, Reyna Velasco Guerrero, refiere que la compensación también implica evaluaciones económicas, médicas, psicológicas y de trabajo social para determinar las necesidades de las víctimas que no se han hecho.

"En la realidad un policía se encarga del sustento de su familia y si este fallece la esposa tendrá que procurar el bienestar de los hijos, la casa y la educación; a estas familias les cambió por completo la vida y la reparación del daño consiste en resarcir todo eso que le alteraron y quitaron a ese núcleo que se ve desintegrado de la noche a la mañana; es la ley”.

Reyna Velasco califica como “evasiones” las revisiones y querellas que ha presentado la CEAV a la ley general de víctimas, como los recursos legales que implican una responsabilidad contra servidores públicos que no cumplan con sus obligaciones y que van desde lo administrativo hasta lo penal.

En el caso de las familias de los policías la Comisión Ejecutiva está en un supuesto en el que se observa el desacato a la resolución de un juez.

En uno de los casos en donde dos policías perdieron la vida en el municipio de La Piedad, por ejemplo, el juez Primero de Distrito de Amparo le ordenó a la CEEAV que emita el acuerdo de compensación subsidiaria en favor de las víctimas, porque es un delito de homicidio que se cometió en el 2017 y en cinco años el Ministerio Público ni siquiera ha presentado indicios de quién cometió el ilícito.

La CEEAV promovió un recurso de revisión apelando a un recurso de inconformidad con la resolución, en el que le solicita al Juez una sentencia condenatoria para poder hacer la reparación, sentencia que no se puede emitir porque el mismo Ministerio Público archivó la carpeta al no haber un probable responsable.

“Si la Comisión de Víctimas sigue evadiendo sus obligaciones, sus representantes pueden ser sancionados por su responsabilidad administrativa de servidores públicos, porque cuando los legisladores establecieron la figura de Compensación Subsidiaria, fue para no dejar a las víctimas en espera o incertidumbre y no que esperan años a que se les haga justicia”.

La abogada Reyna Velasco y el comisionado Josué Mejía reconocen que la reparación del daño de alguna forma es un castigo para la autoridad por no cumplir con su trabajo, porque en la mayoría de los casos se tendría que resolver o ejercitar acción penal y llevar al responsable ante la justicia para obligarlo a que repare el daño, pero si no pasa, como ocurre en muchos casos, debe hacerse valer la Ley de Atención a Víctimas y subsidiar los daños para atender a viudas o menores de edad.

Mejía Pineda justificó que ha apelado a recursos legales para no verse obligado a hacer reparaciones del daño, y más allá de una negativa intencional, busca alargar los procesos porque no tiene fondos para hacer las reparaciones.

“Es necesario que en el fondo de atención a víctimas haya concurrencias de la misma Fiscalía General del Estado, de la Secretaría de Seguridad Pública, del Poder Judicial y que el mismo congreso del estado garantice una partida especial para dar la atención que requieren todas las víctimas”, subraya.


La imposibilidad económica afecta a muchas víctimas del delito

La imposibilidad de reparación del daño no sólo ocurre con las familias de los policías, a seis años de su creación en Michoacán la CEEAV, no ha realizado ninguna reparación del daño a víctimas del delito o por violaciones a los derechos humanos cuando los comete el Estado.

En el corte más reciente se tiene un reporte de ayudas subsidiarias a más de 30 mil víctimas del delito en todos los años que tiene funcionando, pero ninguna de estas ayudas han sido por una reparación integral del daño, todas son medidas de asistencia y ayuda.

Por el contrario, la reparación del daño se refiere, entre otros aspectos, a subsidiar todo lo que deja de percibir una víctima indirecta de un homicidio o delito, como es el caso de los policías muertos y de las víctimas del granadazo que quedaron mutiladas o impedidas para seguir con la vida que tenían antes del atentado con granadas.

Las reparaciones ascienden a cifras económicas aparentemente elevadas, pero que son proporcionales a la posibilidad de generación económica de una persona en su vida productiva y muchas veces son cifras de millones de pesos.

En todos los estados del país la radiografía es similar

De acuerdo con la abogada Reyna Velasco Guerrero, no todos los estados del país cumplen con esta ley, en muchas entidades no existen Comisiones Estatales, por ejemplo, en Hidalgo, donde se registran homicidios, secuestros o feminicidios y no existe un organismo especializado que atienda a las víctimas o vele por su reparación del daño.

Las entidades que han tenido una mayor atención con las víctimas son Guanajuato y el Estado de México, en el primero se ha avanzado porque su comisionado, Jaime Rochín del Rincón, viene de ocupar la dirección general de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (organismo nacional) y el Estado de México se ha avanzado gracias a vigilancia e ímpetu de infinidad de colectivos derechohumanistas.

¿Quiénes pueden recibir una reparación del daño?

Son todas las víctimas directas o indirectas de delitos graves, como homicidios, feminicidios, secuestros o víctimas colaterales, y tienen el derecho a exigir una compensación subsidiaria, porque el Estado no les garantizó en primer momento seguridad, la procuración de justicia o el acceso a la justicia, por eso está obligado a ejercer un proceso penal para dar con los responsables del delito y obligarlos a la reparación del daño. Si el Estado no logra dar con los responsables, está obligado a ofrecer una compensación subsidiaria.

¿Cuándo es responsabilidad de una comisión de víctimas local y cuando es responsabilidad de la comisión a nivel nacional?

Es obligación de los gobiernos estatales, a través de las comisiones locales, atender a todas las víctimas de delitos de alto impacto y se consideran de atención de la comisión nacional cuando los afectados son víctimas, o forman parte, de una institución federal como el Ejército Mexicano, la Procuraduría General de la República (PGR) o ahora la Guardia Nacional.