Morelia, Michoacán (OEM-Infomex).- La imposición de la clase política y la violación a la normativa son elementos suficientes para que la designación del nuevo ombudsperson michoacano se venga abajo, asentó David Daniel Romero Robles, quien interpuso un amparo respecto del procedimiento que se siguió.
El abogado y aspirante a la titularidad del organismo acusó que más del 90 por ciento de quienes laboran en los órganos autónomos obedece a intereses partidistas al ser espacios donde los diputados locales colocan a sus familiares o amigos.
Aun con el conocimiento de la normativa del Congreso del Estado, en la que se señala que las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos tenían un término de 90 días para establecer una nueva terna para la titularidad de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), transcurrieron 494 días, lo que violenta el debido proceso para sacar adelante el procedimiento, indicó en conferencia de prensa.
La Comisión tenía la obligación de distribuir el dictamen 48 horas después de haberse aprobado, para posteriormente discutirlo en el Pleno. Pese a ello, el 27 de agosto autorizaron el documento en comisiones y por la tarde se presentó ante el Pleno, lo que implica otra violación a la norma.
Aunado a ello, indicó que la Ley Estatal de Derechos Humanos señala que si no se alcanzan las dos terceras partes de la votación en el Pleno, las Comisiones Unidas tiene la obligación de presentar una nueva terna, lo que inminentemente no ocurrió.
Reiteró que todo el escenario suscitado en torno a la designación del pasado 18 de agosto de este año, atiende de beneficiar a la clase política.
“El cinismo con que se manejan las y los legisladores y las decisiones políticas que solo protegen intereses personales o de grupos parlamentarios no pueden estar por encima de lo que está ocurriendo en el estado”, indicó.
Romero Robles confía en que el amparo sea revisado de manera puntual, ya que existen al menos dos antecedentes nacionales, uno en Chiapas y otro en Jalisco con jurisprudencia al respecto. En este último caso, hay violaciones al debido proceso, hecho que no sucedió en la designación del Fiscal General del Estado, cuyo nombramiento también contó con un amparo que no procedió.