¡Oficial! En Michoacán se castigará hasta con 16 años de cárcel los ataques con ácido

La reforma de ley fue aprobada con 24 votos a favor, cero abstenciones y cero en contra 

Guadalupe Martínez | El Sol de Morelia

  · miércoles 11 de octubre de 2023

Foto: Javier Guerrero | El Sol de Morelia

Morelia, Michoacán.- Con 24 votos a favor, cero abstenciones y cero en contra, el Congreso local aprobó la reforma de ley para sancionar los ataques con ácido, al imponer en el Código Penal del Estado una pena de hasta 16 años de cárcel para quienes cometan este delito.

Las dos iniciativas presentadas por los diputados del Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Juan Carlos Barragán Vélez, Julieta García Zepeda y Eréndira Isauro Hernández fueron dictaminadas después de más de un año por los diputados integrantes de la Comisión de Justicia.

La primera iniciativa de los legisladores Barragán Vélez y de García Zepeda fue presentada ante el pleno del Congreso desde julio del año pasado permaneciendo “congelada” en la Comisión de Justicia, y en este año, Isauro Hernández propuso una pena de diez a 20 años de prisión para quien genere lesiones dolosas mediante el uso de ácido o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable o cualquier otra sustancia que en determinadas condiciones, pueda provocar o no lesiones ya sean internas, externas, o ambas.

Ante lo cual, el dictamen que este miércoles fue aprobado por los diputados locales, reformó la fracción II del artículo 9 de la Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres del Estado de Michoacán, que ahora indica a la violencia física como cualquier acto u omisión en que se utiliza parte del cuerpo, algún objeto, arma, sustancia ácida, corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable o cualquier otra para causar daño a la integridad física de las mujeres independientemente de que produzca o no lesiones físicas visibles.

Foto: Javier Guerrero | El Sol de Morelia

En tanto, quedó reformada la fracción III del artículo 125 con una adición del artículo 132 bis al Código Penal para el Estado de Michoacán, que sanciona de cuatro hasta quince años de prisión, a quien deje cicatriz permanentemente en la cara, el cuello, el brazo, la mano o los órganos sexuales de la víctima.

Mientras que en el artículo 132 bis del Código Penal del Estado, se estableció el apartado de las lesiones causadas por ácido, es decir, que quien cometa este delito será sancionado hasta con 16 años de cárcel para toda persona que genere la violencia con este tipo de cualquier tipo de sustancias corrosivas o inflamables.

El artículo quedó reformado de la siguiente manera: “a quien cause lesiones mediante el uso de cualquier tipo de ácido, álcali, agente o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable se le impondrá la pena correspondiente al delito de lesiones calificadas”.

De acuerdo con información proporcionada por la Fiscalía General del Estado (FGE), en Michoacán sólo se han iniciado cuatro carpetas de investigación relacionadas con uso de sustancias corrosivas en contra de mujeres. A nivel nacional el caso más mediático fue el de la saxofonista, María Elena Ríos Ortiz, quien fue atacada con ácido el 9 septiembre de 2019 en su casa, ubicada en el municipio de Huajuapan de León, Oaxaca. Los estados donde se sancionan los ataques con ácidos o sustancias corrosivas como agravante del delito de lesiones son: Baja California Sur, San Luis Potosí, Aguascalientes, Ciudad de México, Hidalgo y Estado de México, a los que se suma este miércoles la entidad de Michoacán.