Morelia, Mich. (OEM-Infomex).- De acuerdo con la Secretaría de Salud federal, Michoacán es la tercera entidad con más casos de violencia familiar en el país, al registrar en promedio 5 mil al año.
Además, según datos del Instituto de la Mujer Moreliana (Imumo) diariamente, solamente en la capital del estado, atienden a unas 50 mujeres que requieren algún servicio del instituto, además de que pueden tienen listas de espera de hasta 40 personas.
En este contexto de violencia en el hogar, la diputada de Morena, Cristina Portillo Ayala, señala que el Código Penal vigente se debe modificar para que las autoridades actúen desde la primera denuncia de violencia familiar, y no hasta que sea tarde.
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“En el Código se establece que para el delito de violencia familiar debe existir “conductas”, es decir, que sea conducta de violencia reiteradas, no sería suficiente una ocasión, sino que la o las víctimas tendrían que soportar varias veces actos de violencia . las y los legisladores tendemos a emitir leyes encaminadas a fomentar la paz, armonía, y no a propiciar la violencia, y no el de enviar el mensaje de puedes agredir una vez y no pasa nada, se incurre en responsabilidad desde el primer momento en que se causa un daño, y de que las personas no deben sufrir varias veces para que se les pueda hacer justicia”.
Por ello, presentará una iniciativa de reforma para modificar el numeral 178 del Código Penal.
La modificación diría: “comete el delito de violencia familiar quien haga uso de la violencia física, psicológica o moral causando daño física, psicológica”. En lugar de como está actualmente: “Comete el delito de violencia familiar quien lleve a cabo conductas que agredan física, psicológica”.
Así mismo, a quien cometa este delito se impondrían penas de cuatro a ocho años de prisión, y de doscientos a seiscientos días multa, tratamiento psicoterapéutico, psicológico, psiquiátrico o reeducativo, suspensión de los derechos que tenga respecto de la víctima por el término de la pena de prisión impuesta, incluidos los de carácter sucesorio y prohibición de ir a un lugar determinado o residir en él.