Morelia, Michoacán.- La elección a la presidencia municipal en el municipio de Chavinda, fue anulada por tres de cuatro magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM), debido a que el candidato ganador del partido Movimiento Ciudadano, Armando Pérez Mendoza participó indebidamente en un evento religioso de trascendencia para la población.
En sesión pública y virtual, se informó sobre los medios de impugnación que presentaron los representantes de los partidos políticos del Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD) en contra de los resultados electorales para la presidencia municipal de Chavinda, donde resultó ganador el candidato de MC.
Las impugnaciones TEEM-JDC-150/2024, TEEM-JDC-151/2024, TEEM-JIN-025/2024 y TEEM-JIN-027/2024, fueron declaradas por los magistrados como fundados por existir los elementos suficientes y comprobatorios sobre una irregularidad en el municipio de Chavinda.
⏩ Te puede interesar: Reforma electoral y defensoría política en razón de género exige consejera IEM
Durante la sesión pública la ponencia a cargo de la magistrada Yolanda Camacho Ochoa, se explicó que el pasado 15 de mayo el candidato de Movimiento Ciudadano, Armando Pérez Mendoza realizó propaganda electoral al haber participado de forma destacada en un evento de desfile de carácter religioso en el municipio de Chavinda, específicamente en la celebración del santo San Isidro.
En dicho evento, se dio cuenta que el candidato del partido naranja, utilizó la imagen de la Virgen de Guadalupe, además de los logos y colores del partido político que lo promovía como su candidato a la presidencia municipal. Dichos logos, fueron colocados en la plataforma que fue utilizada para el traslado de las personas.
Debido a que se violentaron los principios constitucionales de la separación del Estado y la Iglesia, por lo cual la magistrada ponente Yolanda Camacho propuso la nulidad de la elección al insistir en que existen elementos suficientes de que el candidato de MC tuvo participación en el evento religioso de gran trascendencia en Chavinda, lo cual, generó sobreexposición indebida de la imagen del candidato que contraviene el principio de laicidad.
⏩ Te puede interesar: Alcalde electo de Cotija duda en asumir el cargo por inseguridad
Según la cuenta, la irregularidad tuvo fundamento debido a que se utilizaron los logos y colores del partido político, así como imágenes religiosas en comunidades pequeñas como es Chavinda, donde profesan la religión católica y por tanto, se consideró que no hubo certeza, además de que sí se influyó en el número de votos.
La magistrada que votó en contra del proyecto de sentencia, fue Alma Rosa Bahena Villalobos al considerar que no existía evidencia de modo, tiempo y lugar para acreditar la responsabilidad a Pérez Mendoza.
Con la nulidad de la elección en Chavinda, los consejeros del Instituto Electoral de Michoacán (IEM), deberán de realizar elecciones extraordinarias en este municipio, quienes en una sesión pública definirán las fechas.