Morelia, Michoacán (OEM-Infomex).- Los estados y los municipios no tienen competencia para dictar aislamiento obligatorio o aplicar medidas como el uso de la fuerza que “no cumplen con los requisitos de proporcionalidad y generan actos de abuso de la autoridad”, manifestó la diputada federal jalisciense Laura Imelda Pérez Segura.
Los gobiernos de Michoacán y Jalisco decretaron el aislamiento obligatorio señalando sanciones como multas, arrestos y trabajo comunitario a la persona que lo incumpla, lo que puede llevar al uso desmedido y arbitrario de la fuerza pública. Esto ya lo podemos observarExpresó Pérez Segura en rueda de prensa conjunta con la también legisladora Anita Sánchez Castro.
La morenista dio a conocer que autoridades locales han establecido el mal llamado “toque de queda” en al menos 31 municipios de 11 estados, como son Guerrero, Michoacán, Quintana Roo, Yucatán, Jalisco, Baja California, Sonora, Chihuahua, Morelos, Coahuila y Nuevo León.
Asimismo, en 340 municipios de 15 entidades federativas se ha restringido o controlado el acceso por autoridades municipales o la propia población, de forma continua o intermitente, durante la contingencia sanitaria por el Covid-19.
Indicó que se han documentado las reiteradas violaciones al orden constitucional y a los derechos humanos. Por ejemplo, en Jalisco, el viernes 01 de mayo pasado, Juan Ramón Álvarez López, director de la escuela preparatoria de Chapala, dependiente de la Universidad de Guadalajara, fue golpeado brutalmente por los elementos de seguridad pública.
El directivo fue detenido por elementos policiacos, quienes actuaron de manera violenta e irracional, a pesar de que el Mtro. Álvarez López se identificó y explicó la razón de su estancia en el municipio. “En el lugar fue agredido verbal y físicamente, provocándole lesiones hasta dejarlo inconsciente, luego fue trasladado a los separos municipales y liberado sin explicación alguna”, se lee en el documento emitido por el Sistema de Educación Media Superior de la U. de G.
Pérez Segura se refirió también al “cierre de fronteras” anunciados por algunos gobernadores, los cuales son una severa violación al derecho de libre tránsito, consagrado en el artículo 11º constitucional, para lo cual la autoridad estatal no está facultada, puntualizó.