Morelia Michoacán (OEM-Infomex).- En el ejercicio fiscal 2018 del Poder Judicial de Michoacán, la Auditoría Superior de Michoacán (ASM) encontró presuntas irregularidades en la construcción de la segunda etapa de los Juzgados Orales Penales y Salas Tradicionales en la ciudad de Lázaro Cárdenas Michoacán.
Estas irregularidades constan de dos transferencias por más de 12 millones de pesos a una empresa que no cuenta con relación jurídica alguna para la construcción de la obra, además de que se detectaron trabajos de construcción mal realizados y materiales pagados con sobreprecio.
De acuerdo al informe individual de la ASM, ésta auditó una muestra de 12 millones 678 mil 306 pesos para verificar el desarrollo de las obras públicas, la justificación de las inversiones, el cumplimiento de los estándares de calidad previstos, la razonabilidad de los montos invertidos, así como la conclusión de las obras en tiempo y forma, mediante los análisis correspondientes.
A ello, la ASM señala que en la información presentada por las autoridades del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE), se encontró que en la obra “Construcción de Juzgados Orales Penales y Salas Tradicionales en la ciudad de Lázaro Cárdenas Michoacán (Segunda Etapa), Municipio de Lázaro Cárdenas, Estado de Michoacán” se detectaron anomalías al momento de su adjudicación.
Esta obra fue convenida para su ejecución mediante Convenio de Coordinación de Acciones con la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas (SCOP), misma que contrató el 31 de diciembre de 2015 mediante “Adjudicación Directa” a un grupo inmobiliario por un importe de 64 millones 417 mil 450 pesos.
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De esa cifra se detectaron dos transferencias por la cantidad de 5 millones 360 mil 560 pesos y 7 millones 317 mil 746 pesos, respectivamente.
Sin embargo, la ASM consideró que la empresa que recibió los recursos “no cuenta con ninguna relación jurídica para la construcción de la obra”; además de que los comprobante fiscales (CFDI) están cancelados con fecha de 22 de marzo de 2019.
Además, la ASM consideró que no se cuenta con la comprobación del reintegro del recurso depositado a las cuentas de dicha empresa a las cuentas del Poder Judicial, toda vez que dicha empresa no guarda relación contractual con el Ente auditado; asimismo, no presentan constancia de las transferencias
efectuadas por dichas cantidades.
En el informe la ASM señala que en reunión de trabajo con fecha 29 de noviembre de 2019, el STJE no presentó información respecto a esta observación, por lo que determinó elaborar el informe de Presunta Irregularidad.
En cuanto a la inspección de la obra física, la ASM observó que no fue aplicado de manera correcta el impermeabilizante acrílico, pues físicamente se observan las fisuras de la malla, por lo que se deberá retirar completamente el impermeabilizante y colocar uno nuevo; por otra parte, se deberá corregir lo pendiente de la losa para evitar el estancamiento del agua.
En respuesta la SCOP, presentó el oficio, de fecha 22 de noviembre de 2019, dirigido al Administrador Único de la empresa que hizo la construcción para señalar que la mala aplicación del impermeabilizante, por lo que solicita las preparaciones necesarias.
Sin embargo la ASM valoró la información proporcionada y determinó que “no se aclara de manera suficiente, competente y fehaciente la irregularidad detectada, ya que aún no se ha presentado constancia de las reparaciones señaladas”.
En respuesta, el Representante Legal del SCOP presentó un oficio el 29 de noviembre de 2019, en el cual, según el informe, “no integró documentación alguna relacionada con la observación”, por lo que no justificaron la inconsistencia y se determinó elaborar el Informe de Presunta Irregularidad.
Sobre los pagos en exceso en la obra, la ASM detectó que de la revisión y análisis a la información que se tiene un área total cuantificada de 2 mil 993.33 m2, la cual fue cobrada a un precio extraordinario de 739 pesos por m2, dando un monto total pagado de 2 millones 210 mil 574 pesos.
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Además, detectó un área de 612.24 m2 que se encuentra a una altura superior a 4 metros y 2 mil 381.09 m2 a una altura menor a 4 metros en donde el monto a pagar en panel superior a 4 metros de altura es de 452 mil 139 pesos y el monto a pagar por el panel que se encuentra a una altura inferior de 4 metros asciende a la cantidad de un millón 116 mil 779 pesos, lo que genera un pago en exceso de 641 mil 656 pesos sin IVA.
La SCOP presentó una serie de documentos, pero la ASM determinó que no se aclara de manera suficiente, competente y fehaciente la irregularidad detectada.