/ miércoles 25 de diciembre de 2019

Hasta 2020 ampliación de legítima defensa

No se considerará exceso en la legítima defensa cuando ocurran circunstancias en las que la persona que se defiende se encuentra en estado de confusión, miedo o terror, según la propuesta

MORELIA, Michoacán.-(OEM-Infomex).- A diferencia de la propuesta para tipificar la violencia digital dentro del Código Penal de Michoacán, cuya iniciativa generó polémica por supuestos plagios al interior del Congreso del estado, la enmienda de ley para ampliar la legítima defensa en la entidad todavía no está en condiciones de aprobarse por la Comisión de Justicia del Congreso local, reconoció el presidente de la dictaminadora, Antonio Salas Valencia.

Lo anterior, toda vez que las mesas técnicas de dicha comisión se encuentran analizando las tres propuestas que se han presentado en la pasada y actual legislatura: dos de ellas por los diputados de los partidos Verde Ecologista (PVEM) y Revolucionario Institucional (PRI), Ernesto Núñez Aguilar y Marco Polo Aguirre Chávez, respectivamente, y la expuesta en 2017 por la priísta, Adriana Hernández Íñiguez.

“Queremos armar de cada una lo mejor, todas son valiosas. Ya se creó una mesa técnica porque los asesores son quienes arrastran el lápiz y nos dan como diputados la propuesta de dictamen, pero la parte técnica es la que apenas están detallando”, detalló Salas Valencia, al admitir también que son varios paquetes de iniciativas aún pendientes de dictaminar, pero que serán hasta el año próximo.

De acuerdo con la propuesta de reforma al artículo 27 capítulo V del Código Penal del Estado de Michoacán, relativo a las causas de exclusión del delito, no se considerará exceso en la legítima defensa cuando ocurran circunstancias en las que la persona que se defiende se encuentra en estado de confusión, miedo o terror que afecte su capacidad para admitir el límite de adecuado de su conciencia o racionalidad del medio empleado para defenderse.

De ahí que, de acuerdo a la propuesta redacción, se contemple que cuando una mujer sea quien repele la agresión, jueces y agentes del Ministerio Público aplicarán la perspectiva de género para su análisis de la situación, a fin de cumplir con las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos para la población femenina.

En septiembre de este año, la figura de la legítima defensa en México fue aprobada por el Congreso de la Unión, sin embargo ésta sólo va enfocada cuando alguien ingrese a alguna vivienda para atentar contra la integridad física o bienes patrimoniales; en ese caso, el morador tendrá el derecho a defenderse sin ser procesado penalmente.

Queremos armar de cada una lo mejor, todas son valiosas. Ya se creó una mesa técnica porque los asesores son quienes arrastran el lápiz y nos dan como diputados la propuesta de dictamen

Antonio Salas Valencia. Diputado local

MORELIA, Michoacán.-(OEM-Infomex).- A diferencia de la propuesta para tipificar la violencia digital dentro del Código Penal de Michoacán, cuya iniciativa generó polémica por supuestos plagios al interior del Congreso del estado, la enmienda de ley para ampliar la legítima defensa en la entidad todavía no está en condiciones de aprobarse por la Comisión de Justicia del Congreso local, reconoció el presidente de la dictaminadora, Antonio Salas Valencia.

Lo anterior, toda vez que las mesas técnicas de dicha comisión se encuentran analizando las tres propuestas que se han presentado en la pasada y actual legislatura: dos de ellas por los diputados de los partidos Verde Ecologista (PVEM) y Revolucionario Institucional (PRI), Ernesto Núñez Aguilar y Marco Polo Aguirre Chávez, respectivamente, y la expuesta en 2017 por la priísta, Adriana Hernández Íñiguez.

“Queremos armar de cada una lo mejor, todas son valiosas. Ya se creó una mesa técnica porque los asesores son quienes arrastran el lápiz y nos dan como diputados la propuesta de dictamen, pero la parte técnica es la que apenas están detallando”, detalló Salas Valencia, al admitir también que son varios paquetes de iniciativas aún pendientes de dictaminar, pero que serán hasta el año próximo.

De acuerdo con la propuesta de reforma al artículo 27 capítulo V del Código Penal del Estado de Michoacán, relativo a las causas de exclusión del delito, no se considerará exceso en la legítima defensa cuando ocurran circunstancias en las que la persona que se defiende se encuentra en estado de confusión, miedo o terror que afecte su capacidad para admitir el límite de adecuado de su conciencia o racionalidad del medio empleado para defenderse.

De ahí que, de acuerdo a la propuesta redacción, se contemple que cuando una mujer sea quien repele la agresión, jueces y agentes del Ministerio Público aplicarán la perspectiva de género para su análisis de la situación, a fin de cumplir con las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos para la población femenina.

En septiembre de este año, la figura de la legítima defensa en México fue aprobada por el Congreso de la Unión, sin embargo ésta sólo va enfocada cuando alguien ingrese a alguna vivienda para atentar contra la integridad física o bienes patrimoniales; en ese caso, el morador tendrá el derecho a defenderse sin ser procesado penalmente.

Queremos armar de cada una lo mejor, todas son valiosas. Ya se creó una mesa técnica porque los asesores son quienes arrastran el lápiz y nos dan como diputados la propuesta de dictamen

Antonio Salas Valencia. Diputado local

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