Morelia, Michoacán (OEM-Infomex).- Cerca de 50 toneladas de musgo y heno se extraen cada temporada navideña de la reserva 'Sierra Chincua' en Michoacán, santuario natural de la mariposa monarca para ser comercializados principalmente en mercados de todo el estado, según datos de la Procuraduría de Protección al Medio Ambiente (ProAm).
De acuerdo al registro de la dependencia, cada año para la temporada decembrina se remueven cerca de 11 mil semillas de abies, que son el tipo de pino que domina en estos bosques.
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En entrevista con El Sol de Morelia, el titular de esta dependencia estatal, Carlos Vega Solórzano, señaló que “estos recursos forestales no maderables, son muy importantes para la salud de los bosques porque ayudan a disminuir la contaminación ambiental, la erosión del suelo, además de que contribuyen a incrementar la humedad”.
Además, especificó que los musgos son plantas pequeñas que carecen de tejido vascular o leñoso, se encuentran en las altas montañas y a nivel del mar en las selvas húmedas o en zonas áridas y en específico, también ayudan a la germinación de las plantas y la infiltración del agua.
“Aunque las veamos quizás insignificantes, brindan protección y son el hogar de muchos microorganismos y animales pequeños, especialmente invertebrados como insectos, arácnidos, rotíferos, nematodos, moluscos y anélidos, así como sirven de material de construcción de nidos para el colibrí o el picaflor”, dijo
Informó que el heno es una hierba grisácea que en época de lluvias capta la humedad del ambiente y forma grandes cortinas colgantes en los árboles.
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En ese sentido, el procurador ambiental dijo que como el musgo no puede ser cultivado, "se recolecta directamente de los bosques, pero su extracción requiere de un programa de manejo y autorización de la Semarnat, del cual carecen la mayoría de las personas que lo sustraen de forma ilegal.
En cuanto a las sanciones, según datos de la Procuraduría Federal de Protección Ambiente (PROFEPA), la pena por traficar, capturar, poseer, transportar, acopiar, introducir y extraer del país ejemplares, productos o subproductos de alguna especie de flora o fauna silvestres, terrestres o acuáticas en veda, considerada endémica, amenazada, en peligro de extinción, sujeta a protección especial (NOM-059-SEMARNAT-2010), o regulada por algún tratado internacional del que México sea parte, van de uno a nueve años de prisión y el equivalente de trescientos a tres mil días multa.