Morelia, Michoacán (OEM-Infomex).- Este miércoles, diputados locales aprobaron por unanimidad derogar la Ley del Uso del Cubrebocas en Michoacán, por lo que ya no será obligatorio portarlo en espacios cerrados, sin embargo, la Secretaría de Salud emitirá nuevas medidas de protección para las escuelas, el transporte público y lugares de reunión.
El pasado 20 de enero de 2021, se publicó en el Periódico Oficial de Michoacán, el Decreto Legislativo número 508, por el que se expide la Ley que Regula el Uso de Cubrebocas, el cual tiene por objeto contribuir a garantizar el derecho a la protección a la salud.
De acuerdo a la propuesta, la eliminación del uso del cubrebocas en Michoacán, principalmente en espacios cerrados, responde a que a la fecha se han aplicado más de siete millones 543 mil vacunas, lo que significa, que el 85.9 por ciento de la población blanco a vacunar en Michoacán ha sido inmunizada contra el virus al menos con dos dosis.
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En sesión extraordinaria del Congreso local donde estuvieron presentes 37 de 40 diputados en total, se presentó ante el pleno la propuesta de Decreto que elaboraron las integrantes de la Comisión de Salud del Legislativo, en el que se señala que en Michoacán han disminuido los contagios del Covid-19 producto de la vacunación.
Además de que el semáforo de riesgo epidémico publicado por la Secretaría de Salud Federal, ubica a la entidad en riesgo epidémico bajo.
Además, se indicó que también por el comportamiento actual del virus en la entidad, hay una disminución diaria considerable en los casos confirmados, casos recuperados y defunciones.
Por lo anterior, los legisladores consideraron pertinente eliminar el uso obligatorio del cubrebocas en espacios cerrados de Michoacán, sin embargo, se hizo énfasis en que la Secretaría de Salud emitirá en los próximos días nuevas medidas de prevención que deberán tomar en cuenta los michoacanos para evitar contagios ante la llegada de la temporada invernal.
El Decreto, destaca que, “las medidas que deban tomarse en lugares como centros educativos, de salud, de transporte público, de servicios o de reunión, se darán a conocer a toda la población de manera puntual y se ajustarán conforme al número de casos registrados y a la época del año de que se trate, a fin de evitar cualquier repunte de contagios u hospitalizaciones”.
Al respecto, el gobernador de la entidad, Alfredo Ramírez Bedolla tiene un plazo de hasta 90 días hábiles contados a partir de la entrada en vigor del Decreto para que se lleven a cabo las adecuaciones correspondientes a la normatividad correspondiente.