Morelia, Mich. (OEM-Infomex).- En la ciudad de Morelia se han presentado dos casos de múltiple envenenamiento animal, así como un número sin especificar de reportes por maltrato o abandono canino, según lo dicho por la directora de Servicios Auxiliares, Yarely López Arroyo.
En entrevista para El Sol de Morelia, la encargada a nivel municipal del Centro de Atención Animal, dijo que se atendió una denuncia por envenenamiento en la tenencia de Tiripetio interpuesta por una ciudadana ante la Fiscalía General del Estado (FGE) en el mes de agosto, así con reporte en el Fraccionamiento Punta La Floresta en últimos días.
La funcionaria señaló que la administración municipal también ha atendido reportes por maltrato animal y abandono de especies, “han sido casos sonados como Caja Grande, Prados Verdes y Capula”, en los que la dirección ayuda con el acopio y traslado de animales a centros de atención.
Desconoció la existencia de detenciones o sanciones a quiene incurren en maltrato o crueldad animal, debido a que es la FGE quien se encarga de llevar las carpetas de investigación contra quien atente contra la vida de animales, según la Ley de Derechos y Protección para los Animales en el Estado de Michoacán de Ocampo.
Nosotros coadyuvamos en operativos con la Fiscalía cuando nos indican posibles casos de maltrato, asistimos para que no haya venta de especies en las calles y retiramos cadaveres cuando se nos avisa qué hay en colonias de la ciudad, pero no tenemos atribuciones de sancionar
Según lo estipulado por la Ley de Derechos y Protección para los Animales en el Estado de Michoacán de Ocampo, “los animales no humanos son seres que experimentan distintas sensaciones físicas y emocionales por lo que son objeto de tutela de la presente Ley, erigiendo sobre las personas físicas o morales la obligación de procurar su protección, respeto y bienestar”.
La misma que señala que el abandonar animales en vía pública, en inmuebles sin las condiciones adecuadas y privarles de la vida, será acreedor a una sanción administriva dispuesta por la Secretaria de Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Territorial, en un plazo no mayor a 60 días, cuando se determine un responsable.