/ lunes 30 de enero de 2023

Constitución de México: ¿Hay puente por el 5 de febrero?

La Constitución promulgada en 1917 por el entonces Presidente Venustiano Carranza es la que actualmente nos rige como país

Morelia, Michoacán (OEM-Infomex).- Este próximo 5 de febrero se conmemora la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos desde 1917, es decir, que este 2023 se cumplen 106 años desde aquel momento.

Este próximo domingo los mexicanos festejamos 106 años de la creación de la también conocida Carta Magna o Ley fundamental que entró en vigor el primero de mayo de 1917.

Por lo antes mencionado, es una fecha contemplada como asueto obligatorio según la Ley Federal del Trabajo (LFT) y el calendario oficial de la Secretaría de Educación Pública (SEP).

En esta ocasión el descanso se recorre al primer lunes de febrero, es decir, el seis, fecha que podrán disfrutar estudiantes y trabajadores formales.

El motivo por el que se recorre el descanso es por tratarse de un día oficial contemplado en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) y que aplica para todos los trabajadores formales.

Si tienes algún pendiente financiero recuerda que los bancos no van a laborar el día lunes seis de febrero, por lo que te invitamos a prevenir tus movimientos bancarios con anticipación.


¿Cuál es el pago correspondiente por laborar ese día?

Si eres de las personas que trabajarán ese día te corresponde un pago de salario doble por el servicio prestado, independiente al salario que recibas.

Así como está contemplado en el artículo 75 de la LFT, te deberán cubrir el salario diario normal más el doble.

Morelia, Michoacán (OEM-Infomex).- Este próximo 5 de febrero se conmemora la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos desde 1917, es decir, que este 2023 se cumplen 106 años desde aquel momento.

Este próximo domingo los mexicanos festejamos 106 años de la creación de la también conocida Carta Magna o Ley fundamental que entró en vigor el primero de mayo de 1917.

Por lo antes mencionado, es una fecha contemplada como asueto obligatorio según la Ley Federal del Trabajo (LFT) y el calendario oficial de la Secretaría de Educación Pública (SEP).

En esta ocasión el descanso se recorre al primer lunes de febrero, es decir, el seis, fecha que podrán disfrutar estudiantes y trabajadores formales.

El motivo por el que se recorre el descanso es por tratarse de un día oficial contemplado en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) y que aplica para todos los trabajadores formales.

Si tienes algún pendiente financiero recuerda que los bancos no van a laborar el día lunes seis de febrero, por lo que te invitamos a prevenir tus movimientos bancarios con anticipación.


¿Cuál es el pago correspondiente por laborar ese día?

Si eres de las personas que trabajarán ese día te corresponde un pago de salario doble por el servicio prestado, independiente al salario que recibas.

Así como está contemplado en el artículo 75 de la LFT, te deberán cubrir el salario diario normal más el doble.

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