/ lunes 2 de septiembre de 2024

Carlos Manzo, inscrito en el Registro de sancionados por violencia política contra las mujeres

*Los magistrados del TEEM también amonestaron públicamente a Carlos Manzo  

Morelia, Michoacán.- Por unanimidad de votos, los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM), aprobaron inscribir al presidente municipal de Uruapan, Carlos Alberto Manzo Rodríguez, al Registro tanto Estatal como Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género, por perpetuar mensajes estereotipados, generando una afectación desproporcionada por el hecho de ser mujer a una ciudadana.

Lo anterior, fue aprobado en sesión pública del TEEM, en la que los magistrados del Tribunal resolvieron el recurso TEEM-PES-VPMG-144/2024, en el que la denunciante, a la que se le reservó su nombre, pero que participó en las elecciones del 2 de junio como candidata a diputada local, dijo haber sido violentada en razón de género en su perjuicio.

La magistrada ponente Yolanda Camacho Ochoa precisó que en el proyecto se declara la violencia política en razón de género, porque de las expresiones realizadas por un ciudadano en una transmisión en vivo en el perfil personal de Facebook del ahora alcalde de Uruapan, Carlos Manzo, se basaron en elementos de género y perpetuar mensajes estereotipados, generando una afectación desproporcionada por el hecho de ser mujer.

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De acuerdo con el proyecto de Camacho Ochoa, quedó comprobado que la conducta que se atribuyó al denunciado se trata de la transmisión en vivo de una reunión vecinal desde su perfil personal denominado “Carlos Manzo”, video en el cual una persona a quien Manzo Rodríguez se refirió como “Bucio”, realizó una serie de expresiones y comentarios despectivos y ofensivos contra la candidata a diputada con el propósito de menoscabar la imagen pública de la quejosa, expresiones que fueron consentidas y de las cuales se benefició al edil, pese a que no las realizó directamente.

En la sesión pública, se explicó que la agresión fue verbal y tuvo por objeto o resultado menoscabar y hasta anular el reconocimiento, goce y/o ejercicio de los derechos político electorales de las mujeres, ya que sí se influyó en los ciudadanos al momento de emitir su sufragio, y consecuentemente, en obstaculizar el ejercicio de los derechos de la denunciante, poniendo en duda su capacidad para obtener un cargo público por su condición de ser mujer y condicionar su preferencia sexual.

Por unanimidad de votos de los magistrados del TEEM, se determinó que el presidente municipal de Uruapan, Manzo Rodríguez, deberá ser inscrito en los Registros Estatal y Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón por perpetuar mensajes estereotipados, pero también, se decretaron medidas de reparación integral a favor de la denunciante en atención a la violencia política por razón de género cometida en su perjuicio.

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Camacho Ochoa remarcó que la violencia quedó establecida, porque los mensajes fueron dirigidos hacia una mujer por ser mujer e incluso, consideró que influyeron en un impacto diferenciado en las mujeres; generó reacciones negativas con base en estereotipos y generalizaciones falsas sobre cómo es que debe comportarse una persona por su orientación sexual, no sólo contra la quejosa sino contra las mujeres que pertenecen a la comunidad lésbica.

Morelia, Michoacán.- Por unanimidad de votos, los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM), aprobaron inscribir al presidente municipal de Uruapan, Carlos Alberto Manzo Rodríguez, al Registro tanto Estatal como Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género, por perpetuar mensajes estereotipados, generando una afectación desproporcionada por el hecho de ser mujer a una ciudadana.

Lo anterior, fue aprobado en sesión pública del TEEM, en la que los magistrados del Tribunal resolvieron el recurso TEEM-PES-VPMG-144/2024, en el que la denunciante, a la que se le reservó su nombre, pero que participó en las elecciones del 2 de junio como candidata a diputada local, dijo haber sido violentada en razón de género en su perjuicio.

La magistrada ponente Yolanda Camacho Ochoa precisó que en el proyecto se declara la violencia política en razón de género, porque de las expresiones realizadas por un ciudadano en una transmisión en vivo en el perfil personal de Facebook del ahora alcalde de Uruapan, Carlos Manzo, se basaron en elementos de género y perpetuar mensajes estereotipados, generando una afectación desproporcionada por el hecho de ser mujer.

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De acuerdo con el proyecto de Camacho Ochoa, quedó comprobado que la conducta que se atribuyó al denunciado se trata de la transmisión en vivo de una reunión vecinal desde su perfil personal denominado “Carlos Manzo”, video en el cual una persona a quien Manzo Rodríguez se refirió como “Bucio”, realizó una serie de expresiones y comentarios despectivos y ofensivos contra la candidata a diputada con el propósito de menoscabar la imagen pública de la quejosa, expresiones que fueron consentidas y de las cuales se benefició al edil, pese a que no las realizó directamente.

En la sesión pública, se explicó que la agresión fue verbal y tuvo por objeto o resultado menoscabar y hasta anular el reconocimiento, goce y/o ejercicio de los derechos político electorales de las mujeres, ya que sí se influyó en los ciudadanos al momento de emitir su sufragio, y consecuentemente, en obstaculizar el ejercicio de los derechos de la denunciante, poniendo en duda su capacidad para obtener un cargo público por su condición de ser mujer y condicionar su preferencia sexual.

Por unanimidad de votos de los magistrados del TEEM, se determinó que el presidente municipal de Uruapan, Manzo Rodríguez, deberá ser inscrito en los Registros Estatal y Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón por perpetuar mensajes estereotipados, pero también, se decretaron medidas de reparación integral a favor de la denunciante en atención a la violencia política por razón de género cometida en su perjuicio.

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