/ lunes 19 de agosto de 2024

Capacitarán a ex candidato de Indaparapeo por violentar normativa en campaña

Los magistrados del TEEM, determinaron que hubo una clara violación tras publicaciones de menores en redes sociales

Morelia, Michoacán.-El ex candidato a la presidencia municipal de Indaparapeo, Janitzio Zavala Vega y los partidos PRD, PRI y PAN deberán acudir a cursos de capacitación en materia de interés superior de la niñez tras violentar la normativa al publicar imágenes con rostros de los menores en campaña en Facebook.

Así lo determinaron los magistrados del Tribunal Electoral de Michoacán (TEEM) en la sesión pública virtual que se realizó la tarde de este lunes, quienes además amonestaron públicamente a Zavala Vega como candidato a la alcaldía de Indaparapeo, al ciudadano Antonio de Jesús Rico Campos, así como a los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD).

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En el recurso TEEM-PES-121/2024, los magistrados propusieron declarar la existencia de la infracción atribuida al entonces candidato a la alcaldía de Indaparapeo, ya que, si bien es cierto, el denunciado presentó documentación para justificar los consentimientos que imponen los lineamientos emitidos por el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Instituto Electoral de Michoacán (IEM), éstas constancias no cumplieron con los estándares establecidos para la protección del principio de interés superior de las niñas, niños y adolescentes.

Los magistrados del TEEM, señalaron que también en la sentencia se consideró que además de la responsabilidad directa del administrador del perfil de Facebook, en este caso, Antonio de Jesús Rico Campos, quedó acreditada la responsabilidad directa del entonces candidato Zavala Vega, al considerar que tenía conocimiento de que con motivo de su campaña electoral se realizaría la difusión de diversas publicaciones en sus redes sociales, por lo que le era exigible la vigilancia del cumplimiento de la normativa electoral.

Evidenciaron que el ex candidato, también debió vigilar que se respetaran los derechos de las niñas, niños y adolescentes, por ello aprobaron la ambientación pública, pero sobre todo que todos los denunciados asistan a un curso de capacitación en materia de interés superior de la niñez, en el que se explique la importancia de la protección de las niñas, niños y adolescentes en el marco de las actividades políticas-electorales para no vulnerar los derechos de los menores.

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La sentencia del Tribunal, señala la vinculación a los partidos políticos denunciados, es decir, PAN, PRD y PRI para que dentro del marco de sus atribuciones, diseñen e implementen acciones periódicas, como por ejemplo: programas, jornadas, actividades periódicas con la finalidad de informar a sus militantes, integrantes y candidatos sobre la importancia y el deber reforzado de proteger el interés superior de las niñas, niños y adolescentes.

Morelia, Michoacán.-El ex candidato a la presidencia municipal de Indaparapeo, Janitzio Zavala Vega y los partidos PRD, PRI y PAN deberán acudir a cursos de capacitación en materia de interés superior de la niñez tras violentar la normativa al publicar imágenes con rostros de los menores en campaña en Facebook.

Así lo determinaron los magistrados del Tribunal Electoral de Michoacán (TEEM) en la sesión pública virtual que se realizó la tarde de este lunes, quienes además amonestaron públicamente a Zavala Vega como candidato a la alcaldía de Indaparapeo, al ciudadano Antonio de Jesús Rico Campos, así como a los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD).

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En el recurso TEEM-PES-121/2024, los magistrados propusieron declarar la existencia de la infracción atribuida al entonces candidato a la alcaldía de Indaparapeo, ya que, si bien es cierto, el denunciado presentó documentación para justificar los consentimientos que imponen los lineamientos emitidos por el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Instituto Electoral de Michoacán (IEM), éstas constancias no cumplieron con los estándares establecidos para la protección del principio de interés superior de las niñas, niños y adolescentes.

Los magistrados del TEEM, señalaron que también en la sentencia se consideró que además de la responsabilidad directa del administrador del perfil de Facebook, en este caso, Antonio de Jesús Rico Campos, quedó acreditada la responsabilidad directa del entonces candidato Zavala Vega, al considerar que tenía conocimiento de que con motivo de su campaña electoral se realizaría la difusión de diversas publicaciones en sus redes sociales, por lo que le era exigible la vigilancia del cumplimiento de la normativa electoral.

Evidenciaron que el ex candidato, también debió vigilar que se respetaran los derechos de las niñas, niños y adolescentes, por ello aprobaron la ambientación pública, pero sobre todo que todos los denunciados asistan a un curso de capacitación en materia de interés superior de la niñez, en el que se explique la importancia de la protección de las niñas, niños y adolescentes en el marco de las actividades políticas-electorales para no vulnerar los derechos de los menores.

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La sentencia del Tribunal, señala la vinculación a los partidos políticos denunciados, es decir, PAN, PRD y PRI para que dentro del marco de sus atribuciones, diseñen e implementen acciones periódicas, como por ejemplo: programas, jornadas, actividades periódicas con la finalidad de informar a sus militantes, integrantes y candidatos sobre la importancia y el deber reforzado de proteger el interés superior de las niñas, niños y adolescentes.

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