/ martes 19 de enero de 2021

Aprueban ley para uso obligatorio de cubrebocas en Michoacán

Se considerarán amonestaciones como multas o arrestos administrativos; las personas con ciertas discapacidades estarán exentos

Morelia, Michoacán (OEM Infomex).- Este martes el Congreso de Michoacán aprobó la Ley que regula el uso del cubrebocas en el estado, que contempla establecer “como medida de preservación y cuidado a la salud pública” la obligatoriedad de este accesorio, durante el tiempo que permanezca la emergencia sanitaria por Covid-19.

Tras su aprobación todas las personas que se encuentran en el territorio michoacano deberán usar esta mascarilla (puede ser comercial o casera), en vías y espacios públicos, al interior de establecimientos (públicos o privados), así como para usuarios, operadores y conductores de los servicios de transporte público.

Foto: Fernando Maldonado | El Sol de Morelia

Las personas que quedan exentas de esta normativa, son los niños menores de 2 años -para evitar asfixia-, pacientes inmunodeprimidos, asmáticos, con fibrosis quística, cáncer, lesiones faciales, personas con trastornos cognitivos, respiratorios o auditivos, discapacidades u otros trastornos de salud específicos que pudieran interferir con el uso correcto del cubrebocas. Los niños de entre 2 a 12 años de edad deben ser supervisados por un adulto en el uso del barbijo.

Cabe señalar que la aprobación de la ley no sustituye las otras medidas sanitarias para prevenir el contagio de Covid-19, como son el distanciamiento social de por lo menos 1.5 metros entre personas, el lavado frecuente de manos o el uso de gel antibacterial por mencionar algunas. Asimismo, caretas, lentes, mascarillas o cualquier otro es considerado un accesorio complementario, por lo que aún con ellos se debe usar tapabocas.

Foto: Fernando Maldonado | El Sol de Morelia

Los establecimientos deberán de colocar letreros en los accesos a las instalaciones que indiquen que se prohíbe el ingreso de personas que no usen cubrebocas; de igual manera los choferes del servicio público podrán negar el transporte a las personas que no porten este aditamento.

La ley entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Periódico Oficial, pero se darán 7 días naturales para que informe sobre la misma a la población y se les capacité sobre el uso adecuando del tapabocas. Posteriormente se darán otros 7 días para que comiencen a aplicarse las sanciones.

Morelia, Michoacán (OEM Infomex).- Este martes el Congreso de Michoacán aprobó la Ley que regula el uso del cubrebocas en el estado, que contempla establecer “como medida de preservación y cuidado a la salud pública” la obligatoriedad de este accesorio, durante el tiempo que permanezca la emergencia sanitaria por Covid-19.

Tras su aprobación todas las personas que se encuentran en el territorio michoacano deberán usar esta mascarilla (puede ser comercial o casera), en vías y espacios públicos, al interior de establecimientos (públicos o privados), así como para usuarios, operadores y conductores de los servicios de transporte público.

Foto: Fernando Maldonado | El Sol de Morelia

Las personas que quedan exentas de esta normativa, son los niños menores de 2 años -para evitar asfixia-, pacientes inmunodeprimidos, asmáticos, con fibrosis quística, cáncer, lesiones faciales, personas con trastornos cognitivos, respiratorios o auditivos, discapacidades u otros trastornos de salud específicos que pudieran interferir con el uso correcto del cubrebocas. Los niños de entre 2 a 12 años de edad deben ser supervisados por un adulto en el uso del barbijo.

Cabe señalar que la aprobación de la ley no sustituye las otras medidas sanitarias para prevenir el contagio de Covid-19, como son el distanciamiento social de por lo menos 1.5 metros entre personas, el lavado frecuente de manos o el uso de gel antibacterial por mencionar algunas. Asimismo, caretas, lentes, mascarillas o cualquier otro es considerado un accesorio complementario, por lo que aún con ellos se debe usar tapabocas.

Foto: Fernando Maldonado | El Sol de Morelia

Los establecimientos deberán de colocar letreros en los accesos a las instalaciones que indiquen que se prohíbe el ingreso de personas que no usen cubrebocas; de igual manera los choferes del servicio público podrán negar el transporte a las personas que no porten este aditamento.

La ley entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Periódico Oficial, pero se darán 7 días naturales para que informe sobre la misma a la población y se les capacité sobre el uso adecuando del tapabocas. Posteriormente se darán otros 7 días para que comiencen a aplicarse las sanciones.

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