Si tú eres mamá o papá que tienes que hacerte cargo de tus hijos sin ayuda o conoces alguien en esa situación, ya sea por la ausencia temporal o permanente del otro padre, existe un programa del Gobierno federal, a través de la Secretaría del Bienestar, que ofrece apoyos económicos con el fin de que los menores tengan mejores condiciones de vida.
El Programa Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras pretende mejorar las condiciones de los menores en situación de abandono, orfandad o que crezcan con sólo uno de sus padres.
A continuación te explicamos cómo las madres, padres o tutores que se encuentren en esta situación pueden solicitarlo.
¿De cuánto es el apoyo?
Bajo el Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras existen dos montos económicos para apoyar a los padres solteros y sus hijos.
-Si tienes niñas y niños recién nacidos y hasta los 4 años: mil 600 pesos bimestrales
-Si tienes niñas y niños con discapacidad recién nacidos y hasta los 6 años: 3 mil 600 pesos bimestrales
En caso de orfandad materna, las y los beneficiarios podrán extender este apoyo hasta los 23 años, aunque el monto varía de acuerdo a la edad.
El apoyo es entregado de manera directa a la madre, padre o tutor a cargo de las y los beneficiarios, y el límite es de tres niñas o niños por hogar, salvo que se trate de nacimientos múltiples.
¿Cuáles son los requisitos?
Aquellos interesados en este apoyo deben tener en cuenta que sólo se brindará a la madre, padre soltero o tutor de una niña o niño que aún no haya cumplido 4 años de edad, además que esté trabajando, buscando empleo o estudiando y no cuenten con el servicio de cuidado y atención infantil.
Los documentos que debes tener listos para cuando se abra el registro, el cual aún no tiene fecha, son los siguientes:
Acta de nacimiento: en original y copia del niño o la niña, así como de la madre, padre solo o tutor.
- Clave Única de Registro de Población (CURP): en original y copia del niño o niña, así como de la madre, padre solo o tutor.
- Identificación oficial vigente: en original y copia de la madre, padre solo o tutor (en caso de ser menor de edad se puede presentar pasaporte o acta de nacimiento).
- Comprobante de domicilio: ya sea de agua, luz, teléfono, predial o constancia de residencia, también en original y copia.
- Escrito libre bajo protesta: de decir verdad en donde se señale si trabaja, busca trabajo o si está estudiando. En caso de estar estudiando, se deberá presentar una constancia de estudios emitida por la institución.
- Cartas de no afiliación al IMSS e ISSSTE: podrán tramitarse e imprimirse desde el portal de internet correspondiente a cada institución (se excluye de este requisito a los tutores).
- Certificado médico para niñas y niños con discapacidad: cuando ésta no sea visible para el personal de apoyo de la Secretaría, se requiere el certificado médico original emitido por alguna institución pública del sector salud o por médico con cédula profesional, especialista en el tipo de discapacidad.
Si los menores de edad se encuentran en situación de orfandad materna, se requiere de una persona que sea la responsable para realizar el trámite, pues firmará una carta responsiva en formato libre en la cual asume el compromiso. Si el o la beneficiaria es mayor de edad y menor de 24 años, se podrá realizar el trámite de manera individual.
Asimismo, se deberá comprobar el fallecimiento de la madre a través del acta de defunción o de presunción de muerte no mayor a tres meses de antigüedad.
Para el Programa Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras aún no se abre la convocatoria de un nuevo registro ni hay todavía noticias por parte de la Secretaría de Bienestar.
Pero quienes ya están inscritos en este programa del Bienestar, del 3 al 26 de enero se darán los pagos del primer bimestre del 2024 de acuerdo al calendario.