Como ya se advertía, la Suprema Corte de Justicia de la Nación analizaría lo que es el Plan B electoral que impulso Morena y sus aliados, bajo ese contexto se llego al día esperado de la sesión donde las y los ministros nueve de los once para ser exactos, invalidaron la primera parte del "Plan B" de la reforma electoral propuesto por el Presidente Andrés Manuel López Obrador.
Con argumentos de violaciones graves al procedimiento legislativo, la mayoría de ministros de la Corte en nuestro país, declararon la invalidez del 1er decreto de las reformas político-electorales 22/23, que modifica las Leyes Generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas.
La Sesión que arrancó con la discusión sobre si invalidan o no la primera parte del controvertido plan presidencial, era monitoreado por todos los detractores de la 4T.
Los ministros votaron a favor de la acción de inconstitucionalidad de la Ley General de Comunicación Social y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas por una falta de imparcialidad.
Se estima que la nueva derrota para la Cuarta Transformación al judicializar temas, no es de nada bien visto, por un gran número de sectores de la sociedad que coinciden con la 4T
Dicha sesión transcurrió en un clima tenso y tan solo con dos votos en contra de no invalidar las disposiciones electorales, los 9 Ministros restantes se inclinaron por anular dicha propuesta tan debatida y a su vez tan ambiciona por el titular del Ejecutivo Federal.
Es así que, el máximo tribunal de justicia del país, validó el proyecto presentado por el ministro Alberto Pérez Dayán, quien afirmó que existieron “claras violaciones” durante el proceso legislativo que aprobó las reformas electorales de AMLO.
Dentro de su escrito, el ministro expone que las leyes modificadas por el Congreso no pasaron por un procedimiento legislativo ordinario, provocando una “transgresión al principio de deliberación democrática”.
La iniciativa no se conoció a tiempo ni se publicó con la anticipación debida para su discusión en la Cámara de Origen, dada la inobservancia a las disposiciones contenidas en el Reglamento de cada Cámara, desconociéndose con ello el principio de deliberación informada y democrática, así como los derechos que asisten a la representación popular, explicó el ministro ponente.
De inmediato las reacciones no se han hecho esperar, es así que el
Gobierno Federal acusa a la Suprema Corte de violar la división de poderes al nulificar el ‘plan B’ electoral.
La propuesta que fue de anular el llamado Plan B, en palabras de la ministra Margarita Ríos Farjat subrayó que no se pudo dar un debate en la Cámara de Diputados porque la oposición no pudo analizar la iniciativa, ya que se le dispensaron todos los trámites.
La citada invalidez, en manifestación del ministro Juan Luis González Alcántara, quien reconoció los vicios en el proceso legislativo.
Por su parte, Luis María Aguilar también se sumó a la aprobación del proyecto, al señalar que el conjunto de violaciones afecta el cumplimiento del reglamento del proceso legislativo.
Por el contrario, las ministras Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz votaron en contra, al considerar que no existían motivos suficientes para invalidar el decreto por el que se reformaron las leyes.
Paralelo al ambiente de los ministros, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal sigue con una serie de acusaciones, dado que sostiene que la Suprema Corte viola el artículo 17 de la Constitución al privilegiar “los formalismos por encima de la verdadera justicia de fondo″; así como de sustituir las facultades del Congreso de la Unión.
Como corolario, se puede decir que el principio de división de poderes prohíbe a la SCJN establecer requisitos adicionales al trámite legislativo, ya que la Constitución reserva esa facultad al Congreso de la Unión, al menos en percepción de la Consejería Jurídica de la Presidencia de México.
Pues, al tratarse de un poder derivado, sin legitimación popular, la SCJN no debe restringir las atribuciones que la norma fundamental concede al Poder Legislativo para regular el trámite de elaboración de las normas, siempre y cuando sean resultado de la voluntad mayoritaria de los integrantes del Congreso de la Unión. De hacerlo, violará el "principio de división de poderes y el equilibrio que debe existir entre estos”
Lo cierto es que a ningún mexicano, le es conveniente que se den fragmentaciones con temas como el que se ha detallado, pues podrían detonarse más declaraciones desafortunadas de cada uno de los titulares de ambos poderes federales.
Esperemos las cosas regresen a su orden y normalidad.
Y ya que hablamos de normalidad, se celebró un aniversario más del Natalicio de Miguel Hidalgo en la UMSNH y como es de esperarse la Rectora y Doctora Yarabí Ávila, propició un ambiente digno y significativo con presencia de los Poderes del Estado, ex Rectores y toda la clase social, política, académica que convergen en la Máxima Casa de Estudios de Michoacán, arropada por el Gobernador de la entidad, la Rectora da muestra clara de su liderazgo académico y vuelve a lo vistoso de este tipo de actos universitarios.
Con el anhelo de ser leído por ustedes, dejo hasta aquí mis líneas de análisis.
Licenciado en Derecho por la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH), Maestro en Docencia en Ciencias Sociales por el Instituto Michoacano de Ciencias de la Educación (IMCED) y Doctor en Derecho por el Instituto de Formación e Investigaciones Jurídicas de Michoacán y la Universidad de Guanajuato. email: hugolex@yahoo.com.mx